Documento emitido por le vendedor y exigido por la aduana de algunos piases con fines estadísticos o informativos.
Documento emitido por le vendedor y exigido por la aduana de algunos piases con fines estadísticos o informativos.
Documento en el que se fijan las condiciones de venta de las mercancías y sus especificaciones. Sirve como comprobante de la venta, exigiéndose para la exportación en el país de origen y para la importación en el país de destino. También se utiliza como justificante del contrato comercial. En una factura deben figurara los siguientes datos: fecha de emisión, nombre y dirección del exportador y del importador extranjero, descripción de la mercancía, condiciones de pago y términos de entrega.
tulo especial emitido por el vendedor de una mercancía, a petición de las autoridades aduaneras de algunos piases para determinar, cuando se efectúe el despacho, la clase de arancel que soportará la mercancía.
Documento de oferta e información expedido por el exportador en el que se detallan las condiciones en las que el mismo estaría dispuesto a vender una mercancía. Justificación del contrato comercial.
Formulario emitido por el exportador de un país a nombre de un cliente importador de otra nación, con la finalidad de poder documentar envíos cuya cantidad y volumen no han sido calculados en ese momento de manera definitiva.
Formulario emitido por el exportador de un país a nombre de un cliente importador de otra nación, con la finalidad de poder documentar envíos cuya cantidad y volumen no han sido calculados en ese momento de manera definitiva.
Fondo de Ayuda al Desarrollo. Se tratan de créditos blandos, o concesionales y su finalidad principal es promover el desarrollo económico y el bienestar en los países en vías de desarrollo. Casi siempre surgen por iniciativa pública. En España se ha creado una Comisión Interministerial encargada de la administración del FAD y es quien acuerda la conveniencia o no de conceder estos créditos, el Consejo de Ministros los aprueba y el Instituto de Crédito Oficial es quien actúa como agente financiero y de instrumentación del mismo.
Franco al costado del buque. En la compraventa internacional, las obligaciones del vendedor finalizan cuando las mercancías han sido puestas al costado del buque sobre el muelle o en barcazas, en el puerto de embarque convenido. El comprador se ocupa de los trámites necesarios para la exportación: gastos de carga, despacho de aduana, flete, seguro y riesgos de la mercancía.
Conjunto de servicios administrativos y financieros que consiste en la cesión al factor, por parte del cliente, de sus créditos comerciales derivados de ventas. El factor se ocupa del cobro. Los servicios más importantes que prestan estas empresas son: garantía de cobro para el exportador, prospección de mercados, contabilidad de las ventas o investigación de la clientela. Las entidades de factoring están autorizadas también para recibir los pagos que los importadores de bienes y servicios adeuden a sus clientes extranjeros.
Franco transportista.
Exposiciones de productos nacionales en el extranjero o en territorio español, con la finalidad de promocionar y potenciar su exportación. Pueden ser generales o monográficas. La Administración concede una serie de subvenciones a los expositores españoles que lo soliciten y publica anualmente el calendario oficial de las ferias a celebrar durante el año siguiente. Nacieron por la necesidad de los comerciantes de aprovisionarse de mercancías escasas en su ámbito comarcal.
Se trata de un contrato accesorio de garantía, se asegura al acreedor el cobro de su crédito, aunque el deudor no cumpla su obligación ya que lo hará el fiador.
Término empleado por las líneas regulares para decir que en el flete cotizado los gastos de estiba en el puerto de carga son por cuenta del fletador y los de desestiba en destino corren a cargo del armador.
Aportación dineraria que recibe una empresa para dedicarla a sus fines productivos, expansivos, etc…Fuentes de financiación: capitales propios más reservas, proveedores, entidades de crédito, mercado de capitales, etc…
Condiciones empleadas en el transporte marítimo que sólo cubren el precio del flete, excluyendo los gastos decarga, estiba, desestiba y descarga de las mercancías, que son por cuenta del fletador.
Los gastos derivador de la colocación ordenada del cargamento en las bodegas del buque son por cuenta del usuario o fletador.
Los gastos que ocasionan las operaciones de estibado, más los de distribución en el interior de la bodega y allanado, de manera que rellenen bien los rincones y huecos de las bodegas, son por cuenta del usuario o fletador.
Método para fijar el tipo de cambio de una moneda en un momento determinado del día.
Contrato consensual por el que una persona física o jurídica (fletante o armador), pone a disposición de otra (fletador), un buque determinado para realizar uno o más viajes, recibiendo en pago el precio convenido (flete).
Los propietarios o armadores se comprometen a mantener el barco en las mismas condiciones en que estaba cuando fue pactado el alquiler, deben correr con los gastos de entretenimiento y reparaciones, tripulación, provisiones y seguros del buque. Los fletadores deben hacerse cargo de los gastos y riesgos derivados de la explotación del buque.
Precio que paga el fletador al fletante por el alquiler de un buque mercante completo o de una parte, y también por el transporte de las mercancías. Puede referirse a la carga.
Cláusula que se inserta en los documentos de embarque. El flete será pagado en el punto de destino por el consignatario de las mercancías.
El flete será abonado por el destinatario de las mercancías al hacerse éste cargo de las mismas, en el puerto de descarga.
El flete ha sido satisfecho por el fletador en el punto de carga de la mercancía.
Suelo.
Utilizado en la compraventa internacional. Las mercancías deben ser puestas por el vendedor a bordo del buque que las transportará y en el puerto de embarque. Los riesgos de pérdidas y/o daños de las mercancías son transferidos al importador, los gastos de flete y del seguro también.
Tiene la finalidad de promover, dentro de la CEE, la creación de nuevos empleos mediante acciones compensatorias de la conversión industrial. El país miembro presenta a la Comisión, antes del 21 de octubre de cada año, las solicitudes. La FSE puede cubrir hasta el 50 por 100 de los gastos previstos por el Estado.
Operación que consiste en la venta por parte del exportador de un documento financiero representativo de la entrega de bienes y servicios exportados, a una entidad que lo adquiere sin recurso contra el exportador. Esta modalidad de financiación permite trasformar una exportación con cobro aplazado en una venta al contado, elimina los riesgos de cambio y comerciales, reduce las cargas administrativas, aumenta la liquidez, constituye una fuente de financiación a tasa fija.
Precio de una mercancía o divisas en el mercado de futuros.
Acuerdo de tipo de interés en el mercado de futuros.
Método de colaboración comercial. Una empresa (franquiciador) concede a una o más personas (franquiciados), el derecho a estar representadas bajo su razón social y su marca para vender productos o servicios ofrecidos de una manera específica, a cambio de una compensación económica. Hay 4 tipos: 1. industrial: el franquiciado produce el producto con la tecnología, marca y asistencia del franquiciador; 2. de servicios: el know-how, transmisión de procedimientos y técnicas; 3. de producción: el franquiciador es el fabricante que comercia sus productos a través de franquicias; 4. de distribución: los franquiciadores revenden productos a los franquiciados ofreciendo su experiencia comercial.
Persona independiente que acepta explotar un negocio en régimen de franquicia. El franquiciado remunera al franquiciador mediante un derecho de entrada y un porcentaje sobre las ventas.
Propietario de una marca comercial acreditada, proveedor de productos o titular de una técnicas y servicios que concede al franquiciado, a cambio de unas retribuciones económicas, la posibilidad de explotar tales marcas.
Buque rápidos destinados al transporte de productos perecederos. Sus bodegas son frigoríficos.
En un contrato mercantil, suceso imprevisible e inevitable que impide a una de las partes el cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
Contratos en los que las partes intervinientes se obligan a comprar o vender activos reales, activos financieros o divisas, en una fecha venidera previamente determinada y a un precio pactado en el momento de la firma del acuerdo. Hay 3 clases de usuarios en estos mercados: 1. los especuladores, que intentan beneficiarse de las diferencias de precios; 2. los de cobertura, que tratan de minimizar riesgos cubriéndose de posibles pérdidas; 3. de arbitraje, que pretenden obtener beneficios, comprando en unos mercados y vendiendo en otros.