CURSOS COMERCIO EXTERIOR COLOMBIA

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Régimen de Zonas Francas en Colombia

Marco Legal

·         Ley 1004 del 30 de diciembre de 2005

·         Decreto 2685 de 1999 y sus modificatorios

·         Decreto 383 del 12 de febrero de 2007

·         Decreto 4051 del 23 de octubre de 2007

·         Decreto 780 del 18 de marzo de 2008 (Ley Páez)

·         Resolución 01 del 03 de diciembre de 2007, expedida por la Comisión Intersectorial de Zonas Francas

·         Resolución 5532 del 24 de junio de 2008

·         Resolución 9254 del 25 de septiembre de 2008

·         Decreto 1197 del 3 de abril de 2009 (Putumayo, Nariño, Huila y Caquetá.

 

Definición

 Áreas geográficamente delimitadas dentro del territorio nacional, en donde se desarrollan actividades industriales de bienes y de servicios, o actividades comerciales, bajo una normatividad especial en materia tributaria, aduanera y de comercio exterior.

·         Instrumento para creación de empleo y captación de inversión de capital.

·         Promueve competitividad en las regiones donde se establecen.

·         Desarrollan procesos industriales altamente competitivos.

·         Generan economías de escala.

·         Procedimientos comerciales simples.

 

Tipos de Zona Franca

·         Zona Franca Permanente: zona en la cual se instalan empresas que desarrollan actividades industriales, comerciales o de servicios, es administrada por un usuario operador.

·         Zona Franca Transitoria: zona autorizada para la celebración de ferias, exposiciones, congresos, seminarios de carácter internacional con importancia para la economía y el comercio internacional del país.

·         Zona Franca Permanente Especial: se autoriza a una empresa para que desarrolle sus actividades industriales o de servicios en un área determinada, siempre y cuando se trate de proyectos de alto impacto económico y social para el país.

 

Las Zonas Francas Permanentes Especiales (ZFPE)Pueden ser:

·         De Bienes

·         Servicios

·         Servicios de Salud

·         Proyectos Agroindustriales

·         Sociedades portuarias

·         Inversiones preexistentes con requisitos especiales de mayor inversión, un patrimonio líquido mínimo de 150.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (s.m.m.l.v) y duplicar la renta líquida gravable en el impuesto a la renta.

·         Las Zonas Francas que operan como transitorias por más de 15 años, también se convierten en Z.F.P.E.

 

Tipos de Usuarios en Zona Franca

Existen varios tipos de Usuarios, a saber:

·         Usuario Operador: Es el Administrador de Z.F. Permanentes

·         Usuario Industrial de Bienes: Empresa ubicada en una Z.F.

·         Usuario Industrial de servicios: Empresa ubicada en Z.F.

·         Usuario Comercial: Empresa ubicada en una Z.F.

·         Usuario Administrador: Administrador de  Z.F. Transitoria

·         Usuario Expositor: Usuario de Zona Franca Transitoria

 

Beneficios de las  Zonas Francas

·         Impuesto de renta del 15% para usuarios industriales de bienes, usuarios industriales de servicios y usuarios operadores. Se exceptúan los usuarios comerciales que tributan a la tarifa general.

·         No se causan ni pagan tributos aduaneros (IVA, ARANCEL), para mercancía que se introduzca desde el exterior.

·         Exención de IVA para materias primas, insumos y bienes terminados que se vendan desde el territorio aduanero nacional a usuarios industriales de ZF.

·         Exención de IVA por ventas de mercancías a mercados externos.

·         Las exportaciones que se realicen desde ZF a terceros países se benefician de los acuerdos comerciales internacionales celebrados por Colombia.

 

Compromisos de las Zonas Francas

·         Cumplir con el Plan Maestro de Desarrollo.

·         Presentar informe de avance del Plan Maestro de Desarrollo dentro de los cinco (5) primeros días del mes siguiente al trimestre que se está informando. (Circular 090 de octubre/08).

·         Efectuar y mantener cerramiento al 100% del área declarada Z.F.

 

Operaciones permitidas

·         Movimiento de Ingreso y Salida de Mercancías (Sin Declaración), los que pueden Temporales o Definitivos.

·         Importación de Mercancías de Z.F. al resto del TAN. Puede ser Temporal o Definitiva.

·         Exportación de Mercancías del TAN a una Z.F. También puede ser Temporal o Definitiva).

·         Finalización en Z.F. de Regímenes Suspensivos de Importación (Temporales de Corto y Largo plazo siempre que sean Bienes de Capital (Reexportación).

·         Reexpedición. Cuando sale de Z.F. al resto del mundo, una mercancía que había ingresado previamente, sin sufrir transformación alguna.

·         Operaciones entre Usuarios dentro de una misma Z.F. (Con solo el Formulario de Movimiento de Mercancías (FMM).

·         Operaciones entre Zonas Francas. (Con el solo FMM): Compra-Venta, Traslado de Bienes en Proceso, y para Transformación o Ensamble (T/E).

 

Operaciones desde el TAN que no constituyen Exportación

·         Materiales de Construcción

·         Combustibles

·         Alimentos – Bebidas

·         Elementos de Aseo

 

Bienes Prohibidos en Z.F.

·         Armas – Explosivos

·         Residuos Nucleares y Tóxicos

·         Sustancias Precursoras

·         Los demás Bienes que de acuerdo con la Legislación Interna se consideran de Prohibida Importación / Exportación

 

Fecha: 15 abril 2021

Fuente: banrep.gov.co